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Interinos de la Comunidad denuncian por ‘discriminación’ acuerdos de consolidación

- MadridDigital    28/12/2006 -
Madrid, 28/12/06- La Plataforma de Interinos de la Comunidad de Madrid (PICAM) denunció los acuerdos firmados por los sindicatos FSP-UGT, CSIT-UP y finalmente por la FSAP-CCOO con la oposición de su sector crítico, denominados “Bases generales de Consolidación”.   

Dichos acuerdos prevén que las plazas correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de la Comunidad de Madrid de los años 1998-2003 se convoquen conjuntamente. Estas plazas están desempeñadas actualmente por personal interino “que lleva más de un lustro realizando labores de servicio público con un alto grado de profesionalidad”, según afirma la PICAM.

“Las condiciones en que se ha propuesto la consolidación de este personal interino (en la que no olvidemos que es la mayor empresa de nuestra región) son realmente draconianas y constituyen, como puede observarse, una auténtica discriminación con respecto al personal fijo, puesto que se anula el turno de promoción interna, de tal forma que laborales y funcionarios fijos e interinos tendrán que opositar por el turno libre”, agrega la Plataforma.

“Con los acuerdos firmados sería necesario que los interinos alcanzasen como condición sine qua non los once años de antigüedad en la misma categoría, o quince en distintas categorías, para poder optar a la plaza, puesto que en un colectivo de 56.000 trabajadores existe personal fijo muy cualificado y con mucha más antigüedad, que sin duda obtendrá el tope en baremo”

La plataforma se pregunta “en qué empresa privada tarda uno 15 años en lograr la estabilidad laboral”. Es bastante difícil encontrar interinos con quince años, “sin embargo, es bastante frecuente encontrar personal fijo de 15 y 20 años de antigüedad”, se responde.

“A espaldas de las bases”

De acuerdo a la PICAM, esta consolidación “se ha negociado de espaldas a las bases sindicales, haciéndose a última hora correcciones que afectaban sustancialmente a su contenido, que no han hecho sino perjudicar más a los interinos”.

“En concreto, se modificó el punto 6.2.2 unilateralmente por la Administración, de tal forma que se suprimían las palabras temporal e interino para que el personal fijo pudiera promocionar a nuestra costa. Los sindicatos no informaron de esta modificación sustancial -de la que tuvieron constancia al día siguiente- y nos están vendiendo este proceso como un auténtico logro porque todas las plazas salen por el turno libre, cuando es un acuerdo bastante perjudicial para nosotros”, añade.

En la actualidad se están organizado a través de foros de Internet y otros medios diversos colectivos de interinos afectados, planteándose la presentación de quejas por varios motivos ante el Defensor del Pueblo. Para la PICAM existen otro tipo de circunstancias “que siembran dudas sobre el proceso”, y enumeran las principales consecuencias que traerá el futuro:

- Se trata de una promoción encubierta que tendrá como efecto que probablemente más de las tres cuartas partes de las plazas sea ocupada por el personal fijo, pese a que oficialmente se denomina “Consolidación”.

- Por lo tanto se vulneran los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad no sólo con respecto al personal de nuevo ingreso, que no tiene ninguna posibilidad de obtener plaza, sino con respecto a interinos que llevan más de un lustro en el desempeño del puesto.

- Se prevé que los desempates entre puntuaciones iguales al final de proceso se realicen con una letra distinta para cada categoría, lo que abre la puerta a las suspicacias, ya que se prevé que haya muchos empates en la puntuación de personas con el tope de puntuación, desempates para la elección de destino... (Actualmente en la Comunidad de Madrid los desempates de oposiciones, baremos de escolarización, etc. se realizan todos con una letra que se extrae cada año por la Dirección General de Función Pública)

- Se elimina totalmente la puntuación por el desempeño de puestos de trabajo en el sector privado, así como del personal dependiente de centros del INSALUD.

- Se trata de un claro fraude para no pagar la antigüedad al personal laboral interino en las mismas condiciones que al fijo, eludiendo las previsiones del Estatuto Básico de la Función Pública.

- Al término del proceso, la temporalidad aumentará sin duda en los niveles inferiores de la Administración por los puestos que dejen vacantes tantos ascendidos. Los pocos interinos que resulten consolidados posiblemente no se incorporen a sus puestos consolidados por ostentar puestos interinos de mayor rango (excedencias por incompatibilidad), con lo que previsiblemente se de un ligero aumento de la misma en los demás niveles, con la diferencia de que los recién incorporados en interinajes perderán el derecho a percibir la antigüedad al haber cambiado de contrato.

Finalmente, la Plataforma de Interinos de la Comunidad de Madrid propone lo siguiente:

- Que se respete el artículo 13 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid 2004-2007, volviéndose a la reserva del 50% de las plazas para promoción interna y 50% para el turno libre, como había sucedido hasta ahora en todas las oposiciones de la Comunidad de Madrid. La Administración debe de dejar de enfrentar a fijos e interinos.

- Que la letra para desempatar los procesos selectivos sea única en todos, para evitar suspicacias.
 


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